En este artículo de Ecoinnovar hablaremos de la nueva deducción autonómica para la Comunidad Valenciana en el IRPF.
La deducción autonómica
Las nuevas medidas según la Ley 3/2020, por la que se regula el tramo autonómico del IRPF para los contribuyentes se basan en la reducción de un 40% del importe de las cantidades invertidas en sus instalaciones. Para ello, las instalaciones deben tener por finalidad:
- Instalaciones de autoconsumo eléctrico
- Instalaciones de producción de energía térmica a partir de energía solar.
- Instalaciones en viviendas aisladas de la red eléctrica.
Se podrá aplicar a las inversiones realizadas en las viviendas de segundas residencias, si no hay relación con el ejercicio de una actividad económica. En ese caso, la deducción seria del 20%.
La base máxima anual de esta deducción se establece en 8000 euros. La parte de la inversión apoyada con subvenciones públicas no dará derecho a deducción.
¿Cómo presentar la deducción?
El IVACE establece la tipología, requisitos técnicos, costes de referencia máximos y otras características de los equipos a los que se les aplica la reducción.
- Presentar solicitud a IVACE
Se debe presentar la solicitud adecuándose al formulario normalizado en la web de IVACE. La solicitud puede presentarse presencial o electrónica.
- Presentar documentos complementarios
Según persona solicitante:
- Facturas de la instalación.
- Justificantes de pago.
- Fotografías de la instalación y equipos.
- Ficha catastral del inmueble obtenida en la sede del catastro o indicar la referencia catastral en el formulario de solicitud.
- Declaración responsable.
- En caso de viviendas en suelo no urbano, certificado que acredite la edificación que se haya llevado a cabo.
- En inversiones realizadas en régimen de propiedad horizontal, se debe presentar lista de propietarios que han invertido y porcentaje de participación.
- Para instalaciones realizadas sobres edificaciones con fecha construcción posterior 2006, copia de solicitud de licencia obras de edificación o documento que acredite fecha construcción.
Según tipo de instalación:
- Instalaciones de autoconsumo.
Certificado de instalación individual dado por la administración pública.
Ficha técnica del fabricante de los equipos principales.
- Instalaciones de producción de energía térmica.
Para todas las fuentes energéticas se debe presentar la ficha técnica del fabricante de los equipos principales. En caso de solar térmica, copia dela resolución de certificación del captador.
- Instalaciones aisladas.
Certificado de instalación individual dado por la administración pública.
Documentación acreditativa de que la conexión a la red es inviable.
Ficha técnica del fabricante de los equipos principales.
Envío de la documentación y respuesta de IVACE
La documentación será incorporada a la plataforma de IVACE para ser supervisada. Una vez supervisada y aceptada, se emitirá la certificación acreditativa. Si la documentación de la persona solicitante no se acredita, el IVACE emitirá certificación negativa. El plazo para emitir la certificación acreditativa será de 30 días hábiles desde la presentación de la solicitud completa y correcta.
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